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Inmigración - Las Oficinas - Tipos de Visas - Preferencias - Número de Visa de Inmigrante - Loteria de Visas - Si desea extender su Visa y su Estadía - Pasaportes - Derechos Y responsabilidades de los residentes - Ciudadanía - Servicio de Jurado - Votación

Las Oficinas
JFK Federal Building, Boston
617-565-3879
Línea en español las 24 horas 800-521-9404
The National Visa Center  
32 Rochester Av., Portsmouth NH 603-334-0700

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Tipos de Visas

Visa de Visitante
Si usted vive permanentemente en cualquier otro país y piensa visitar los EEUU por más de 90 días, deberá obtener una visa de visitante antes de entrar al país. Deberá solicitar la visa en la embajada o consulado de los EEUU en su país. Se le pedirá llevar evidencia de que mantiene residencia permanente o que tiene fuertes ataduras a su país de origen. Tal evidencia puede ser, el tener propiedades o poseer un negocio en su país, familia, una carrera permanente, una carta de un residente de los Estados Unidos asumiendo responsabilidad, o cualquier otro factor que indique que regresará a su país de origen en 90 días. Deberá presentar suficiente evidencia para convencer al oficial examinador en la embajada de que regresará a su país.

Visas de Empleo Temporal
Hay muchas categorías de visas para empleo temporal que dependen de una gran variedad de circunstancias. Estas se otorgan a ejecutivos que son transferidos de oficinas en otros países, a personas con ocupaciones especiales, a trabajadores agrícolas de temporada, artistas, maestros, trabajadores religiosos, algunos trabajadores en entrenamiento y a personas en intercambios culturales. Si usted tiene alguna habilidad de trabajo especializado o es un artista famoso, probablemente no tendrá ningún problema en obtener una visa de empleo temporal. De otra manera, encontrará extremadamente difícil obtenerla.

Visa de Inmigrante
Un inmigrante es un ciudadano de otro país que tiene autorización para vivir y trabajar en los Estados Unidos de forma permanente. Para convertirse en inmigrante deberá pasar por los siguientes pasos.
1) El INS (Departamento de Inmigración) deberá aprobar la solicitud de inmigrante a su nombre, que generalmente habrá sido presentada por un empleador o pariente.
2) El Departamento de estado (State Department) le deberá expedir un número de visa de inmigrante, aunque ya esté en los Estados Unidos.
3) Si ya está usted en los Estados Unidos, puede solicitar el cambio a residente permanente (adjust to permanent resident status).
Si no se encuentra en los Estados Unidos, se le notificará cuando necesite presentarse en el Consulado local de los EE.UU. para completar los trámites de su visa de inmigrante.
Las leyes de los EE.UU. limitan el números de visas de inmigrante disponibles cada año. Esto significa que si el INS aprueba una petición de visa de inmigrante para usted, usted no podrá obtener el número de visa de inmigrante inmediatamente. En ciertos casos, pueden pasar varios años entre la fecha en que el INS aprueba la solicitud de visa de inmigrante y la fecha en que el departamento de estado expide un número de visa de inmigrante a su nombre. Además, las leyes de los EE.UU. también limitan el número de visas de inmigrante disponibles por país. Esto significa que es posible que tenga que esperar más tiempo si proviene de un país con una gran demanda de visas de inmigrante de los EE.UU.

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Preferencias

Las personas que desean convertirse en inmigrantes se dividen en varias categorías según un sistema de preferencias. Los familiares directos de ciudadanos de los EE.UU., categoría que incluye los padres, cónyuges e hijos solteros menores de 21 años, no tienen que esperar a que esté disponible un número de visa de inmigrante una vez que la solicitud sea presentada en su nombre, haya sido aprobada por el INS. Los familiares de un ciudadano de los EE.UU. dispondrán de un número de visa de inmigrante inmediatamente.

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Número de Visa de Inmigrante

Usted no solicita un número de visa de inmigrante directamente. En la mayoría de los casos, su familiar o empleador enviará la solicitud de visa al INS para que usted (el beneficiario) se convierta en inmigrante. (Algunos aspirantes tales como trabajadores con prioridad, inversores, algunos inmigrantes especiales
y los inmigrantes de diversidad pueden presentar la solicitud en su propio nombre). El INS le informará a la persona que presentó la solicitud de visa (el aspirante) cuando dicha solicitud haya sido aprobada. El INS enviará entonces la solicitud de visa aprobada al Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado, donde permanecerá hasta que esté disponible un número de visa de inmigrante.

El Centro le notificará a usted (el beneficiario de la solicitud) cuando la solicitud de visa haya sido recibida y cuando esté disponible un número de visa de inmigrante. Usted no necesita ponerse en contacto con el Centro Nacional de Visas, a no ser que cambie de domicilio o que se produzca algún otro cambio en su situación personal que afecte su elegibilidad para la visa de inmigrante.

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Loteria de Visas

El gobierno de los Estados Unidos patrocina la lotería anual de visas de inmigrantes para nativos de países con un nivel bajo de solicitudes de visas de inmigrante.
Los requisitos mínimos incluyen: educación secundaria o su equivalente, o dos años de experiencia laboral en una ocupación que requiere un mínimo de dos años de experiencia o preparación Los que ganen la lotería de las visas pueden ser admitidos al país permanentemente. Cada región geográfica del mundo recibe un número límitado de visas cada año.

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Si desea extender su Visa y su Estadía

Debe solicitar una extensión de su estatus si desea quedarse por una cantidad de tiempo más larga que la indicada en el Registro de Entrada y Salida. A la entrada el inspector de inmigración de los Estados Unidos le examina su visa y le entrega el Registro de Entrada y Salida (formulario Form I-94).

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Pasaportes

Si está solicitando un pasaporte de los Estados Unidos por primera vez, necesita prueba de ciudadanía. Tiene que someter su certificado de naturalización, si es ciudadano naturalizado; una identificación con su foto y dos fotos recientes. También deberá pagar una tarifa. Su pasaporte es vigente por diez años.

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Derechos y Responsabilidades de los Residentes

Como residente permanente usted puede viajar fuera de los EE.UU, pero cuando viaje usted debe: llevar su tarjeta de residente para mostrarla al oficial de INS cuando reingresa; guardar pruebas de las fechas en que usted salió y reingresó a los EE.UU.
Usted puede perder su residencia permanente y se le puede negar el reingreso a los EE.UU. si comete ciertos delitos como: robo o fraude; lastimar físicamente a otra persona; ofensas sexuales o de drogas ilícitas; tener un arma de fuego ilegal; entrar ilegalmente a los EE.UU.; ayudar a extranjeros a entrar ilegalmente a los EE.UU.
Si usted es varón entre las edades de 18 y 25 años tiene que registrarse para el Servicio de Reclutamiento Militar Estado unidense. Como residente permanente también debe asegurarse de pagar sus impuestos, de avisar al INS de cualquier cambio de dirección dentro de los primeros 10 días de haberse cambiado y de registrar sus niños que son residentes permanentes dentro de los primeros diez días de haber cumplido catorce años.
Derechos de los residentes
Como residente permanente de los Estados Unidos usted puede recibir muchos tipos de asistencia pública. Esta asistencia incluye:
- Varias formas de asistencia médica - "Medicaid"
- Estampillas para comida
- SSI- ingresos suplementarios para personas mayores de 65 años, ciegos e incapacitados.
Tan pronto como su residencia permanente sea aprobada puede solicitar las tarjetas para su cónyuge y sus hijos solteros. La solicitud puede tomar varios años, porque hay listas de espera para muchos países. Pero entre más pronto usted someta la solicitud, más pronto recibirán sus tarjetas.
Después de cinco años de haber vivido en los Estados Unidos, usted puede optar por hacerse ciudadano estadounidense.

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Ciudadanía

A usted le conviene hacerse ciudadano estadounidense porque así usted podrá:
- Acelerar el proceso de obtener tarjetas de residentes para sus familiares.
- Obtener tarjetas de residente para sus padres, sus hijos casados, sus hermanos o hermanas.
- Votar
- Obtener un pasaporte estadounidense
- Trabajar para el gobierno estadounidense o en empleos prohibidos a personas no ciudadanas.
- Trabajar para el gobierno estadounidense o en empleos prohibidos a personas no ciudadanas.

Puede solicitar la ciudadanía si:
Ha sido un residente permanente legal durante los últimos 5 años; o· ha estado casado con un ciudadano de los Estados Unidos puede solicitar la ciudadanía a los tres años de haber obtenido la residencia, o es un residente permanente legal y sus padres son ciudadanos estadounidenses; o tiene un historial de servicio militar que lo califica para volverse ciudadano.

Niños menores de 18 años de edad pueden convertirse en ciudadanos automáticamente cuando sus padres se hacen ciudadanos. Por favor, consulte con su oficina del INS (Servicio de Inmigración y Naturalización) para más detalles.

Documentos Para la Solicitud de la Ciudadanía
Los documentos necesarios para solicitar la ciudadanía de los Estados Unidos son:
1.Formulario N-400.
Pídalo al télefono 800-870-3676.
2. Fotocopia de su Tarjeta de Registro Extranjero
3. Dos fotos.
4. Cheque por $ 310.00

Proceso de Entrevista y Examen
1. Después de presentar su solicitud, deberá presen-tarse en una oficina del INS para ser entrevistado.
2. Sí usted es un adulto, debe demostrar que conoce y entiende la historia, los principios, y el sistema de gobierno de los Estados Unidos.
3. También le examinarán su habilidad para leer, escribir y hablar inglés.

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Jurado

Todos los ciudadanos de más de 18 años tiene la obligación de servir como miembros de un jurado de vez en cuando, pero no más de una vez en un lapso de tres años. Los miembros del jurado para los tribunales del estado se seleccionan por sorteo usando unas listas de residentes de 18 años o más, proporcionadas por cada ciudad y pueblo. Para preguntas acerca de ésta obligación llame al 800-843-5879.

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Votación

Todas las personas mayores de 18 años que son ciudadanos de los Estados Unidos y residentes del
Estado de Massachusetts tienen la responsabilidad de votar. El voto es un deber pero no una obligación. Sin embargo, su voto es su oportunidad de dirigir el destino de su comunidad.

¿Por qué inscribirse y votar? PORQUE ES LA MEJOR MANERA DE HACERNOS ESCUCHAR COMO COMUNIDAD.

Porque en el año 2002 oficiales a nivel nacional, estatal y local que tomarán decisiones que nos afectarán de manera importante a todos serán electos.
Cómo Inscribirse para votar
¿Quién?
Para inscribirse y poder votar en Massachusetts, Usted debe:
• Residir en Massachusetts (El tiempo que lleve residiendo aquí no se requiere).
• Ser ciudadano de EEUU.
• Tener 18 años para la fecha de las próximas elecciones.

¿Cómo?
Para inscribirse debe completar una tarjeta de inscripción y enviarla por correo al Departamento Electoral. Puede inscribirse también personalmente en el Departamento Electoral en la alcaldía. No necesita registrarse anualmente. Si se muda puede inscribirse con su nueva dirección completando otra tarjeta de inscripción y enviándola al Departamento Electoral. O puede votar en el centro de votación donde votó en las pasadas elecciones utilizando su dirección anterior.

¿Partido político?
Tiene tres opciones:
1) Puede inscribirse para votar como demócrata, republicano o como libertario - los tres partidos de Massachusetts que han calificado oficialmente para ser partidos.
2) Puede decidir no inscribirse en ningún partido político y figurar como "independiente". Esto significa que está inscrito para votar pero que no es miembro de un partido. Podría votar todavía en unas primarias demócratas o republicanas sin afectar su estatus de independiente. Las primarias presidenciales son la excepción. Su afiliación política se cambia automáticamente al partido por el cual votó en estas primarias. Para cambiar a independiente de nuevo, debe completar una tarjeta de cambio de partido luego de votar o una nueva tarjeta de inscripción y enviarla por correo.
3) Puede inscribirse bajo una "designación política" que es un partido político que no se considera un partido oficial en Massachusetts. Si hace eso no puede votar en las primarias de ningún partido (demócratas o republicanas.)

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